Patricia Bullrich cruzó a Alberto Fernández por el millonario depósito que hizo para demandarla
Cuestionó al mandatario por pagar $3 millones de tasa de Justicia para hacerle juicio y sacar un préstamo para afrontar la multa por la fiesta en Olivos
"Pagar de su peculio $3,1 millones para tasa de Justicia cuando declaró tener un patrimonio de $5,7 millones, además de representar el 54,46% del total, equivale al trabajo del Presidente durante 12 meses. Llama la atención. EL tema de la tasa de Justicia, por el bien de la dignidad del Jefe de Estado, debe ser aclarado ya que concita sospecha", señaló el abogado de Patricia Bullrich, Néstor Balian, en el expediente. Y agregó: "Más allá del monto respecto del patrimonio, existe otra duda: cómo se encuadraría la posibilidad de que el cheque sea de un tercero. "Eso es lo que hay que aclarar".
Cerró la causa por la Fiesta de Olivos
Fernández se prepara para hacer la transferencia de tres millones de pesos al Instituto Malbrán que acordó con la Justicia para cerrar la causa por el escándalo de la fiesta de Olivos mientras regía el aislamiento obligatorio por la pandemia de coronavirus. Por ello, según fuentes oficiales, sacó un préstamo personal en el Banco Santander al momento de presentar el acuerdo ante la Justicia, para pagar su reparación y la de la primera dama, Fabiola Yañez -el jefe del Estado se hizo cargo del monto total-, tras la decisión que tomó el último lunes, el juez federal de San Isidro Lino Mirabelli, quien homologó los acuerdos celebrados con la fiscalía con el argumento que eran "proporcionales" al daño causado.
En su fallo, el magistrado convalidó la reparación integral como salida alternativa al proceso. Según dijo, el 14 de julio de 2020 en la residencia presidencial de Olivos, con motivo del cumpleaños de Yañez, hubo una reunión durante la cuarentena estricta por lo que el Presidente estaba imputado de violar medidas sanitarias para impedir la propagación de una epidemia. Es que en ese momento regía el DNU 576/2020 que restringía la producción de eventos públicos y privados, sociales, y recreativos.
Mirabelli afirmó que si bien esta solución propuesta no es ilegal, dijo que se admite: "sin perjuicio de las competencias propias de otros organismo y poderes del Estado". Aquí enumeró entre paréntesis el artículo 53 de la Constitución Nacional, que regula el juicio político, la ley de fueros, que no impiden la continuidad del procedimiento judicial hasta su total conclusión y la ley de Ética en el ejercicio de la función pública. El magistrado adoptó esta determinación porque entendió que el hecho no guarda relación con el ejercicio de las funciones públicas que tenía asignadas Alberto Fernández como titular del Poder Ejecutivo Nacional.
"La solución propuesta no aparece ilegal, ni se riñe con la normativa que rige la materia", dijo el juez aunque advirtió: "sin perjuicio de las competencias propias de otros organismo y poderes del Estado. Aquí enumeró el artículo 53 de la Constitución Nacional, que regula el juicio político, la ley de fueros, que no impiden la continuidad del procedimiento judicial hasta su total conclusión y la ley de Ética en el ejercicio de la función pública.
El Presidente pagará una multa para cerrar la causa por la fiesta en Olivos
El matrimonio presidencial invocó el artículo 59 inciso 6 del Código Penal, que establece el derecho del imputado a extinguir la acción penal por conciliación o reparación integral del perjuicio. Hasta ahora, el fiscal y el juez siempre se habían pronunciado en contra del pedido de Fernández para ser sobreseído.